Autorización de instalación de zonas de apuestas

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1003241

En plazo

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La obtención de una autorización para la apertura de una zonas de apuestas dentro de un recinto deportivo o ferial.

Todas aquellas personas físicas o jurídicas que quieran obtener una autorización de instalación para la apertura de la zona de apuestas.

- La autorización de instalación de zonas de apuestas en recintos deportivos tendrá el mismo período de vigencia que el de la inscripción, en el registro de la correspondiente, de la empresa operadora de apuestas.
- La autorización concedida para realizar apuestas en recintos feriales tendrá la misma duración que la actividad ferial en que aquéllas vayan a producirse.
- La empresa operadora de apuestas, titular de la autorización, deberá cumplir con la obligación de información establecida reglamentariamente.

Presentada la solicitud junto con la documentación establecida reglamentariamente, se otorgará la correspondiente autorización.

Tasa administrativa: 835,65 euros.

Desestimatorio

--Contrato o convenio suscrito por la empresa operadora de apuestas autorizada con el titular del recinto o quien organice la actividad ferial consintiendo la realización de apuestas.
-Licencia municipal de funcionamiento del recinto.
-Número de máquinas de apuestas que se pretendan instalar.
-Documentación técnica acompañada de la certificación acreditativa de la seguridad del local, suscritos por persona técnica competente.

Modelos del trámite

Solicitud