Autorización administrativa de centros sociales
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Tramitar solicitud de autorización de puesta en funcionamiento, modificación y cierre de un centro. Inspección del Centro, levantar Acta, Propuesta y Resolución de expediente. Inscripción, modificación o cancelación del centro en el Registro de Servicios Sociales.
Entidades Físicas o Jurídicas.
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 45/2022, de 1 de junio, del régimen de autorización administrativa y comunicación, acreditación, registro e inspección de los servicios sociales en Castilla-La Mancha
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 88/2017, de 5 de diciembre, en su Capítulo II (Condiciones Generales), así como en el Anexo (Condiciones específicas de los centros y servicios para personas con discapacidad)
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 2/2022, de 18 de enero, en su Capítulo II (Condiciones básicas de los centros), así como en el Anexo II.A (Condiciones materiales y arquitectónicas de los centros)
- Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden de 31 de marzo de 1992 en su Anexo 1 (Condiciones Generales Mínimas para todo tipo de Centros) y Anexo 5 (Centros de Acogida a Menores)
Cumplimiento de la normativa vigente.
4 MESES
Estimatorio
Puesta en funcionamiento:
- Escritura de constitución modificación o acto fundacional, Estatutos y Certificaciones pertinentes
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal
- Proyecto global de intervención social del servicio
- Proyecto técnico visado o documentación técnica de la reforma y Certificación final de obras (si se necesita realizar obras)
- Memoria descriptiva de las características materiales y arquitectónicas, incluidos planos levantados del estado actual del edificio (si no se necesita realizar obras)
- Copia del título de propiedad del edificio o acreditación de su disponibilidad
- Proyecto de equipamiento
- Contrato tipo y tarifas
- Otra documentación
Modificación:
- Memoria explicativa de los motivos que justifiquen la modificación, instalaciones afectadas y el número de plazas afectadas
- Proyecto técnico visado o documentación técnica de la reforma y Certificación final de obras (si afecta a las características
arquitectónicas)
- Memoria descriptiva de las características materiales y arquitectónicas, incluidos planos levantados del estado actual del edificio (si no afecta a las características arquitectónicas)
- Proyecto del nuevo equipamiento
- Proyecto de plantilla del personal con el organigrama y funciones del personal, si existen modificaciones
- Otra documentación
Cierre:
- Memoria explicativa del servicio que se pretende cesar (causas del cese y fecha prevista, fases para el proceso, personas afectadas y propuestas alternativas para su reubicación en otros recursos)
- Documentación justificativa de que se ha comunicado el cese del servicio a las personas usuarias, familiares o representantes legales
- Otra documentación
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social:
Albacete: 967558011
Ciudad Real: 926276201
Cuenca: 969176851
Guadalajara: 949 88 58 00
Toledo: 925267686
- Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
- Decreto 45/2022, de 1 de junio, del régimen de autorización administrativa y comunicación, acreditación, registro e inspección de los servicios sociales en Castilla-La Mancha.
- Decreto 2/2022, de 18 de enero, por el que se establecen las condiciones básicas de los centros de servicios sociales de atención especializada, destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha.
- Decreto 88/2017, de 5 de diciembre, por el que se regulan las condiciones mínimas exigibles a los centros y servicios destinados a la atención a personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.
- Orden de 31/03/1992, Consejería de Bienestar Social, POR LA QUE SE REGULA ACREDITACION DE ESTABLECIMIENTOS DE TERCERA EDAD, MINUSVALIDOS, INFANCIA Y MENORES
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