Tramitación de la Tarjeta Sanitaria

Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)
Código de procedimiento: 1002411

En plazo

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Plazo de presentación:

Plazo abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La tarjeta sanitaria individual es el documento que identifica a los ciudadanos con residencia en Castilla-La Mancha como usuarios del Servicio de Salud de Castilla- La Mancha (Sescam) y acredita el derecho de acceso a las prestaciones sanitarias con validez en todo el Sistema Nacional de Salud. Esta Orden regula sus características y régimen de uso , así como el procedimiento para su obtención, emisión y renovación en el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha.

Todas aquellas personas residentes que estén empadronadas en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

a) Trabajadores afiliados y en situación de alta, o asimilada, del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas de la misma y los beneficiarios de todos ellos.


b) Ciudadanos residentes en la Comunidad Autónoma de C-Mancha con cobertura sanitaria a cargo de otro país.


c) Personas sin recursos económicos suficientes que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria al amparo del Real Decreto 1088/1989, de 8 de septiembre.


-2. A las personas extranjeras residentes que estén empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-la -Mancha.


-3.Personas residentes que estén empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de C-Mancha y tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por algún otro título jurídico y, en cualquier caso, a las personas menores de dieciocho años no incluídas en el apartado 1º.del art. 4.de la Orden.

Estimatorio

Documentación y requisitos para la obtención de la tarjeta sanitaria individual.
1. Para la obtención de la tarjeta sanitaria individual se deberá aportar, con carácter general, sin perjuicio de lo que se indica en el punto 4 de este artículo, la siguiente documentación:
a) D.N.I., documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español, expedido por las autoridades españolas, pasaporte o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la identidad de la persona interesada.
b) Certificado de empadronamiento o justificante de su inscripción en el padrón de habitantes de cualquier municipio de C-Mancha.
c) Libro de familia, en el supuesto de menores de catorce años que carezcan de Documento Nacional de Identidad.
2. Los trabajadores afiliados y en situación de alta, o asimilada, del Régimen Gral y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, los perceptores de prestaciones periódicas de la misma y los beneficiarios de todos ellos, además de la documentación señalada en el punto anterior, deberán presentar el documento de afiliación a la Seguridad Social o el documento en el que se reconoce la condición de beneficiario, en su caso, sin perjuicio de lo que se indica en el punto 4 de este artículo.
3. Los pensionistas de la Seguridad Social, así como sus beneficiarios y los ciudadanos residentes en España con cobertura sanitaria a cargo de otro país, presentarán, junto con la documentación exigida con carácter general, el documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria, conforme a los modelos de documentos establecidos al efecto.
4. La persona interesada o su representante legal otorgará o denegará expresamente, en su solicitud, su autorización al Sescam para que pueda realizar consultas en los ficheros públicos que obren en poder de las distintas Administraciones para verificar los datos declarados en la solicitud.

Algunos trámites asociados a esta tarjeta se pueden hacer a través de la Web del SESCAM Pinche aquí o de su teléfono gratuito 900 25 25 25.