Cancelación de inscripción en la Sección Primera del Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1003433

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto todo el año

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Definir el procedimiento de cancelación de la inscripción de certificados de eficiencia energética de edificios en la sección primera del Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios cuando sea solicitada por la persona interesada (artículo 6, Orden de 20 de mayo de 2014 de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo).

El promotor o propietario del edificio o de parte del mismo.

De acuerdo con el artículo 6.3 a) de la Orden de 20/05/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo, la cancelación de las inscripciones efectuadas en la Sección Primera se podrá realizar a solicitud del interesado como consecuencia de la no ejecución de un proyecto, la desaparición del edificio u otra causa justificada.

Estimatorio

-Solicitud normalizada.
-En su caso, acreditación de la representación otorgada por el promotor o propietario del edificio, o parte de éste, por cualquier medio válido en derecho o a través del modelo de representación normalizado.

Modelos del trámite

Anexo VII
Solicitud