Ayudas PIMA-CC para el diseño e implantación de zonas de bajas emisiones en municipios de Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, el diseño e implantación de zonas de bajas emisiones.
Municipios de la Comunidad de Castilla-La Mancha con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes, de acuerdo a las cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas por el Instituto Nacional de la Estadística a fecha de 31 de diciembre de 2020.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
- Cumplir con todas las prescripciones impuestas por el artículo 13 de la Ley 38/2003.
- No estar incursos en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Decreto Legislativo 1/2002, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
- Disponer de capacidad económica, financiera y operativa suficiente para garantizar la ejecución de la operación propuesta.
- En el caso de optar por una actuación que solo contemple la implantación de zonas de bajas emisiones, el municipio deberá disponer del diseño zonas de bajas emisiones.
La valoración se realizará por la Comisión Técnica. Esta comisión valorará las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en el artículo 14.1 de la orden de bases.
6 MESES.
La subvención podrá cubrir hasta el 90% de los gastos subvencionables asumidos por la entidad beneficiaria.
El importe máximo para el diseño de zonas de bajas emisiones será de 20.000 euros.
El importe máximo para la implantación de zonas de bajas emisiones será de 100.000 euros.
En todo caso, el importe máximo subvencionable para el diseño e implantación de zonas de bajas emisiones será de 100.000 euros.
Desestimatorio
- Fotocopia del NIF del representante, para el caso de que se oponga expresamente a su consulta telemática por la Consejería de Desarrollo Sostenible.
- Certificado que acredite que la persona solicitante es el/la representante legal del ayuntamiento.
- Certificado expedido por el Secretario/a del ayuntamiento en el que haga constar que el IVA es o no compensado por esa Administración Pública para el citado/s proyecto/s.
- Copia de la resolución de concesión de cualquier otro tipo de ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, salvo que se haya facilitado esa información mediante declaración responsable contenida en el anexo I.
- Para el diseño de zonas de bajas emisiones, se adjuntará memoria valorada y presupuesto, con el contenido señalado en la convocatoria.
- Para la implantación de zonas de bajas emisiones se adjuntará memoria de diseño, plan de comunicación y diseño de las zonas de bajas emisiones previo, en el caso de optar por la actuación que solo contemple la implantación de zonas de bajas emisiones
Para aclarar dudas: dgeconomiacircular@jccm.es
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Orden 51/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA-CC) para la puesta en marcha de acciones de lucha contra el cambio climático, que integran a su vez, la política de cambio climático con las políticas de calidad ambiental.
- Resolución de 28/05/2021, de la Dirección General de Economía Circular, por la que se convocan las subvenciones para la primera línea de ayudas establecida en la orden de bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA-CC) para la puesta en marcha de acciones de lucha contra el cambio climático, que integran a su vez, la política de cambio climático con las políticas de calidad ambiental, consistentes en el diseño e implantación de zonas de bajas emisiones en municipios de Castilla-La Mancha.
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