SELECCIÓN DE PARTICIPANTES. Proyectos de Formación Profesional y Empleo en el seno de la empresa. Líneas 1, 2, 3, 4 y 6
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Apertura de plazo tras la resolución favorable de cada proyecto.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
SELECCIÓN DE PARTICIPANTES. Proyectos de Formación Profesional y Empleo en el seno de la empresa. Líneas 1, 2, 3, 4 y 6.
Personas en situación de desempleo. Carecer de la cualificación profesional impartida en el proyecto. No haber participado en otros proyectos anteriores.
Podrán participar en los proyectos incluidos en las Líneas 1, 2, 3, 4 y 6
- Estar inscritas como demandantes de empleo no ocupadas o como trabajadoras agrarias en una oficina emplea
al inicio de los proyectos.
- Pertenecer a alguno de los colectivos o zonas determinadas en las líneas de subvención convocadas.
- Las personas seleccionadas deberán cumplir en la fecha de la incorporación los requisitos derivados de la
normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia.
- No haber participado en otros proyectos al amparo de esta orden, salvo si han transcurrido 5 años desde su participación en el último. No obstante lo anterior, sería posible la participación en proyectos cuya formación sea impartida en un nivel superior de la misma especialidad en la que se haya participado.
no se contempla
No_tiene
- Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa.
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
- Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
- Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
- Ley 9/2006, de 21/12/2006, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MODIFICACION DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES
- Ley 1/2002, de 07/02/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 3/1988, DE 13 DE DICIEMBRE, DE ORDENACION DE LA FUNCION PUBLICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
- Resolución de 24/09/2024, de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa (líneas 1, 2, 3, 4 y 6), para el año 2024. Extracto BDNS (Identif.): 787576.
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