Subvenciones a las actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha cofinanciadas con fondos FEDER
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de mejora de la eficiencia energética edificatoria, a fin de conseguir:
a) Un consumo energético mínimo en edificios de uso predominantemente residencial, de tipología residencial colectiva, así como en las viviendas unifamiliares.
b) El fomento de energías renovables en edificios de uso predominantemente residencial y particularmente la solar, la biomasa, la geotermia y la aerotermia.
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, que no desarrollen actividades empresariales, propietarias de: 1º. Viviendas unifamiliares. 2º. Edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, incluidas las propietarias de las viviendas de esos edificios. b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios c) Las personas físicas o jurídicas que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios d) Las sociedades cooperativas
a) Los edificios objeto de la actuación subvencionable deben estar finalizados antes del año 2006.
b) Las actuaciones no deben haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud
c) El coste total subvencionable de la actuación de rehabilitación objeto de la solicitud de subvención, presentada en una o varias de las líneas de subvención establecidas en el resuelvo noveno de esta resolución, deberá ser igual o superior a los 200.000,00€, excepto en la Linea 3.
No serán subvencionables las intervenciones en edificios existentes que supongan una ampliación de la edificabilidad
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones se sujetará al régimen simplificado de concurrencia hasta agotamiento del crédito de cada línea o sublínea de subvención.
2. El criterio a seguir para dirimir la prelación temporal de las solicitudes, a efectos de priorización de su concesión, será la fecha, hora y el número de asiento registral de presentación en el Registro Único de Documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siempre que la solicitud y documentación a aportar estén completas.
3 meses
Desestimatorio
Documentación técnica:
Proyecto de la actuación a realizar o, en su defecto, memoria justificativa de la actuación.
Documento justificativo de que el diseño y las técnicas de construcción empleadas en la ejecución de la actuación apoya la circularidad
Certificados de eficiencia energética del edificio
Declaración responsable del cumplimiento del principio de ¿no causar un perjuicio significativo al medio ambiente¿ a los seis objetivos medioambientales (DNSH)
Reportaje fotográfico en color,
En el caso de solicitud de subvención adicional por vulnerabilidad económica, la misma se presentará en el correspondiente modelo electrónico de solicitud I-bis
DEDELa presentación de la solicitud de estas ayudas se puede realizar de una manera convencional, rellenando un formulario online, o bien, usar la herramienta de gestión HERRAMIENTA AYUDAS FEDER REHABILITACIÓN.xlsx que permite trabajar de modo offline, lo que posibilita ir rellenando la información en las distintas sesiones de trabajo sean necesarias, reduciendo la cantidad de datos especialmente numéricos a mecanizar (para así evitar posibles errores en la transcripción de toda esta información) utilizando para ello los xml de los distintos certificados energéticos demandados (uno inicial y uno o varios de proyecto de acuerdo las líneas que se soliciten), los archivos en excel de las referencias catastrales del edificio, indicando aquí qué propietarios van a solicitar la ayuda por vulnerabilidad, e incluso el csv generado con la herramienta PVGIS en el caso de solicitar ayuda por instalaciones fotovoltaicas. Desde esta misma herramienta se pueden generar todos los anexos que habrá de firmarse por solicitantes, representantes y técnicos que han de acompañar a la solicitud.
Una vez completado el proceso, desde la pestaña ¿resultados¿ se generará un archivo en formato xml y un comprobante en pdf de esta parte de la solicitud, accediendo a continuación al formulario online, rellenado solo la información básica de los cuadros 1º a 6º y cargando a partir de aquí el xml generado con la mencionada herramienta. En ambas opciones de presentación, es preciso aportar firmada el resto de documentación exigida en la convocatoria.
Las solicitudes individuales por vulnerabilidad económica, deben coincidir con la relación de personas vulnerables indicada en la solicitud principal, pudiendo presentarse en el plazo máximo de otros 10 días hábiles a contar desde la fecha de presentación de la solicitud principal. Sus anexos específicos se pueden generar también desde la misma herramienta.
Pueda descargar la herramienta y tutoriales desde el siguiente enlace: https://vivienda.castillalamancha.es/ayudas-y-subvenciones/ayudas-la-rehabilitacion-y-accesibilidad/rehabilitacion-feder
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERA DESDE EL DÍA 14 DE AGOSTO AL 30 DE OCTUBRE DEL 2025
- Orden 16/2025, de 4 febrero, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.
- Orden 97/2025, de 17 de junio, de la Consejería de Fomento, por la que se modifica la Orden 16/2025, de 4 febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.
- Resolución de 29/07/2025, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan subvenciones a las actuaciones de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios de viviendas de Castilla-La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027. Extracto BDNS (Identif.): 849062.
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